Trece organizaciones ganaderas, agrarias, industriales y comerciales reclaman a Bruselas que aplique sin prórrogas las nuevas exigencias y condicionan cualquier futura reapertura al refuerzo de los controles fronterizos y a una auditoría de trazabilidad en origen.
La Unión Europea ha comenzado a aplicar las nuevas restricciones a determinadas importaciones de animales y productos de origen animal procedentes de Brasil, después de que la Comisión Europea haya concluido que carece de información suficiente para garantizar el cumplimiento de las exigencias comunitarias sobre el uso de determinados medicamentos antimicrobianos. Ante este cambio regulatorio, trece organizaciones de la cadena ganadero-cárnica española han reclamado a Bruselas una ejecución estricta de la norma y que cualquier futura modificación quede vinculada a garantías verificables.
El cambio deriva del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1189, aprobado por la Comisión el pasado 4 de junio y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea un día después. Aunque la norma ya había entrado en vigor, su artículo 1 comienza a aplicarse precisamente este 3 de septiembre, fecha a partir de la cual se modifica el régimen de autorización relacionado con las restricciones comunitarias sobre determinados antimicrobianos.
Brasil deja de estar autorizado, a estos efectos, para bovinos, équidos, aves de corral, acuicultura, miel y tripas. La decisión no constituye, por tanto, una prohibición indiscriminada sobre todos los productos agroalimentarios brasileños, sino una modificación de la lista comunitaria para esas categorías concretas dentro del sistema establecido para garantizar el cumplimiento de la legislación europea sobre medicamentos veterinarios.
Bruselas retira a Brasil de la lista por falta de garantías
La Comisión Europea explica en el propio reglamento que Brasil figuraba hasta ahora con una autorización para las seis categorías afectadas, pero señala que no ha recibido información que garantice que el país haya adoptado las medidas necesarias para cumplir, desde el 3 de septiembre de 2026, los requisitos fijados por el Reglamento Delegado (UE) 2023/905. Como consecuencia, Bruselas ha eliminado las correspondientes autorizaciones.
La cuestión afecta directamente a la política europea frente a la resistencia a los antimicrobianos. La legislación comunitaria establece que los animales o productos de origen animal exportados desde terceros países hacia la UE no deben proceder de ejemplares a los que se hayan administrado antimicrobianos para fomentar el crecimiento o aumentar el rendimiento, ni sustancias incluidas entre las reservadas para tratar determinadas infecciones en seres humanos.
El sistema persigue trasladar determinadas obligaciones aplicadas dentro del mercado comunitario a los productos procedentes del exterior. Para acceder a la Unión, las partidas sujetas a estas disposiciones deben proceder de un país o región incluido en la relación habilitada por Bruselas y contar con un certificado oficial que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas.
La exclusión de Brasil responde precisamente a ese mecanismo. La Comisión no afirma en el Reglamento 2026/1189 que haya detectado de manera generalizada la utilización de esos medicamentos en todas las producciones afectadas, sino que fundamenta la retirada de la autorización en la ausencia de información que permita garantizar la aplicación de las medidas exigidas por la normativa europea.
El sector reclama que las restricciones se apliquen sin prórrogas
Las principales organizaciones españolas de la cadena ganadero-cárnica han recibido favorablemente la decisión comunitaria, aunque pretenden que su alcance trascienda la aplicación puntual de este reglamento. En un comunicado conjunto, reclaman a la Comisión Europea que mantenga las restricciones sin dilaciones ni prórrogas mientras Brasil carezca de las garantías exigidas para recuperar las autorizaciones afectadas.
El posicionamiento reúne a asociaciones de productores, industria cárnica, fabricantes de piensos, comercio especializado, cooperativas y organizaciones agrarias. Suscriben el documento ANAFRIC, ANICE, ANPROGAPOR, ASAJA, ASOPROVAC, AVIANZA, CEDECARNE, Cooperativas Agro-alimentarias de España, CESFAC, FECIC, JARC, UGAVAN y UPA, una representación que abarca distintos puntos de la cadena desde la explotación ganadera hasta la comercialización.
Para estas entidades, el 3 de septiembre debe convertirse en un “punto de inflexión” en la política europea de importaciones. El planteamiento sectorial parte de la exigencia de mantener para los productos procedentes de terceros países un grado de control compatible con los requisitos que deben satisfacer las explotaciones y empresas establecidas dentro de la Unión.
Las organizaciones consideran además insuficiente circunscribir el debate exclusivamente al empleo de medicamentos antimicrobianos. Según sostienen, las inspecciones realizadas por los servicios oficiales comunitarios han puesto de manifiesto deficiencias que justificarían una revisión más amplia de las garantías exigidas a los productos procedentes de terceros países, especialmente en aquellos ámbitos relacionados con la seguridad alimentaria y la trazabilidad.
La trazabilidad se convierte en la principal condición para reabrir
El sector plantea dos condiciones estructurales antes de cualquier hipotético levantamiento de las restricciones. La primera afecta al control en las fronteras comunitarias y pasa por aumentar la dotación presupuestaria destinada a los Puestos de Control Fronterizos de la Unión Europea, tanto en personal como en medios técnicos e infraestructuras.
La petición vincula de este modo la exigencia normativa con la capacidad material para comprobar su cumplimiento. La entrada de productos agroalimentarios procedentes de terceros países está sometida a controles oficiales, pero las organizaciones consideran necesario dimensionar los recursos disponibles ante unas obligaciones de verificación cada vez más amplias y técnicamente complejas.
La segunda condición se sitúa en origen. Las entidades reclaman una nueva auditoría oficial sobre la trazabilidad brasileña que permita verificar el funcionamiento de un sistema capaz de seguir cada producto desde la explotación hasta su exportación. La reclamación pretende que una eventual recuperación de las autorizaciones dependa de comprobaciones auditables y no exclusivamente de compromisos administrativos.
“La suspensión debe mantenerse mientras Brasil no pueda acreditar de forma plena, verificable y auditable el cumplimiento de los requisitos europeos”, sostienen las organizaciones firmantes, que vinculan así cualquier reapertura futura con la presentación de evidencias susceptibles de supervisión oficial.
Las importaciones reabren el debate sobre las exigencias europeas
La medida vuelve a situar en primer plano uno de los debates recurrentes de la política agroalimentaria comunitaria, el de las condiciones que deben cumplir las mercancías importadas frente al conjunto de obligaciones normativas asumidas por los productores de la UE.
Las organizaciones firmantes describen esta diferencia como una “asimetría histórica” y recuerdan que la producción ganadera e industrial europea está regulada mediante requisitos relacionados con seguridad alimentaria, medicamentos veterinarios, trazabilidad, bienestar animal y sostenibilidad. Su reivindicación consiste en exigir garantías equivalentes a los productos que pretendan acceder desde terceros mercados.
La normativa que ahora comienza a aplicarse introduce precisamente una dimensión exterior en una materia hasta hace pocos años regulada fundamentalmente desde la perspectiva de la producción comunitaria. El Reglamento europeo sobre medicamentos veterinarios ya estableció que determinadas prohibiciones en materia de antimicrobianos deben extenderse a los operadores de terceros países cuando sus animales o productos estén destinados al mercado europeo.
Ese principio adquirió un desarrollo posterior mediante el Reglamento Delegado 2023/905, que concretó tanto las sustancias afectadas como las condiciones de acceso. Las restricciones alcanzan a los medicamentos antimicrobianos utilizados para promover el crecimiento o incrementar el rendimiento y a aquellos que contengan antimicrobianos reservados para determinadas infecciones humanas.
El Reglamento 2026/1189 completa ahora ese entramado mediante una nueva relación de terceros países autorizados por categorías. Mientras varias naciones han aportado durante los últimos meses las pruebas y garantías necesarias para incorporarse a la lista en determinados productos, Brasil pierde las autorizaciones que mantenía para bovinos, équidos, aves de corral, acuicultura, miel y tripas.
Las organizaciones piden supervisar los controles de entrada
La cadena ganadero-cárnica ha solicitado asimismo una reunión de trabajo con las autoridades nacionales y comunitarias para seguir la aplicación de las restricciones, conocer los recursos destinados a las inspecciones y comprobar la capacidad de los puestos de entrada para ejecutar los controles previstos.
La petición amplía así el foco desde la decisión normativa hacia su aplicación efectiva. Para las entidades firmantes, el cumplimiento de las condiciones impuestas a terceros países depende tanto de los sistemas implantados en origen como de la capacidad europea para verificar documental y materialmente las partidas que llegan a sus fronteras.
“El 3 de septiembre no puede ser solo una fecha en un reglamento: debe ser el inicio de una nueva etapa de controles efectivos, trazabilidad real y garantías iguales para todos los productos que accedan al mercado europeo”, concluyen las trece organizaciones.
La aplicación del nuevo régimen abre ahora una fase de comprobación en la que Brasil deberá aportar las garantías requeridas si pretende recuperar las autorizaciones retiradas. Hasta entonces, el Reglamento 2026/1189 convierte el cumplimiento verificable de las restricciones europeas sobre antimicrobianos en la condición jurídica determinante para el acceso de las categorías afectadas al mercado comunitario.







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